Decreto 1172/2003

El Decreto 1172/03 (BO 04/12/2003) de “Mejora de la Calidad de la Democracia y de sus Instituciones” garantiza y regula el derecho de toda persona a requerir, consultar y recibir información por parte del Poder Ejecutivo Nacional teniendo como premisas la elaboración de una sólida fundamentación, la simplicidad y claridad conceptual y el respeto de los estándares internacionales en la materia.

(Ver texto del Reglamento General de Acceso a la Información Pública)

Asimismo, a través de diferentes Reglamentos regula las siguientes herramientas de participación:

AUDIENCIAS PUBLICAS
La Audiencia Pública habilita la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones a través de un espacio institucional en el que todos aquellos que puedan sentirse afectados, manifiesten su conocimiento o experiencia y presenten su perspectiva individual, grupal o colectiva respecto de la decisión a adoptarse.

(Ver texto del Reglamento General de Audiencias Públicas)

GESTIÓN DE INTERESES
Se establece la obligación de los funcionarios de publicar las audiencias que mantienen con sujetos cuyo objeto consiste en influir en el ejercicio de sus funciones y/o decisiones, -generalmente conocidos como lobbystas-, permitiendo ejercer un efectivo control sobre la gestión de gobierno. Se encuentran obligados a registrarlas una extensa nómina de funcionarios, desde el mismo Presidente de la República hasta aquellos que detentan un cargo de Director Nacional o equivalente.

(Ver texto del Reglamento General para la Publicidad de la Gestión de Intereses)

ELABORACIÓN PARTICIPATIVA DE NORMAS
La Elaboración Participativa de Normas por su parte, es un procedimiento que, a través de consultas no vinculantes, involucra a sectores interesados y a la ciudadanía en general en la elaboración de normas administrativas y de proyectos de ley para ser elevados por el Poder Ejecutivo Nacional al Honorable Congreso de la Nación, cuando las características del caso —respecto de su viabilidad y oportunidad— así lo imponen.

(Ver texto del Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas)

REUNIONES ABIERTAS DE LOS ENTES REGULADORES DE SERVICIOS PÚBLICOS
Se permite a los ciudadanos estar presentes en las reuniones de Directorio de dichos Entes, a fin de que puedan informarse sobre cómo toman las decisiones que los afectan como usuarios.

(Ver texto del Reglamento General de Reuniones Abiertas de los Entes Reguladores de Servicios)

También a partir de la entrada en vigencia del Decreto 1172/03, toda persona puede conocer el contenido de los actos de gobierno, consultando libre y gratuitamente, vía Internet, la edición del día del Boletín Oficial de la República Argentina (todos los anexos y todas las secciones).

El Decreto 1172/03 constituye un verdadero “CÓDIGO DE TRANSPARENCIA” pues:

Para acceder al texto completo del Decreto 1172/03 haga clic aquí

 

 

  Sitio desarrollado por la Coordinación de Sistemas, Tecnología y Telecomunicaciones
de la Jefatura de Gabinete de Ministros.