El
Decreto 1172/03 (BO 04/12/2003) de “Mejora
de la Calidad de la Democracia y de sus Instituciones”
garantiza y regula el derecho de toda persona a requerir,
consultar y recibir información por parte del
Poder Ejecutivo Nacional teniendo como premisas la elaboración
de una sólida fundamentación, la simplicidad
y claridad conceptual y el respeto de los estándares
internacionales en la materia.
(Ver
texto del Reglamento General de Acceso a la Información
Pública)
Asimismo,
a través de diferentes Reglamentos regula las
siguientes herramientas de participación:
AUDIENCIAS
PUBLICAS
La Audiencia Pública habilita la participación
ciudadana en el proceso de toma de decisiones a través
de un espacio institucional en el que todos aquellos
que puedan sentirse afectados, manifiesten su conocimiento
o experiencia y presenten su perspectiva individual,
grupal o colectiva respecto de la decisión a
adoptarse.
(Ver
texto del Reglamento General de Audiencias Públicas)
GESTIÓN
DE INTERESES
Se establece la obligación de los funcionarios
de publicar las audiencias que mantienen con sujetos
cuyo objeto consiste en influir en el ejercicio de sus
funciones y/o decisiones, -generalmente conocidos como
lobbystas-, permitiendo ejercer un efectivo control
sobre la gestión de gobierno. Se encuentran obligados
a registrarlas una extensa nómina de funcionarios,
desde el mismo Presidente de la República hasta
aquellos que detentan un cargo de Director Nacional
o equivalente.
(Ver
texto del Reglamento General para la Publicidad de la
Gestión de Intereses)
ELABORACIÓN
PARTICIPATIVA DE NORMAS
La Elaboración Participativa de Normas por su
parte, es un procedimiento que, a través de consultas
no vinculantes, involucra a sectores interesados y a
la ciudadanía en general en la elaboración
de normas administrativas y de proyectos de ley para
ser elevados por el Poder Ejecutivo Nacional al Honorable
Congreso de la Nación, cuando las características
del caso —respecto de su viabilidad y oportunidad—
así lo imponen.
(Ver
texto del Reglamento General para la Elaboración
Participativa de Normas)
REUNIONES
ABIERTAS DE LOS ENTES REGULADORES DE SERVICIOS PÚBLICOS
Se permite a los ciudadanos estar presentes en las reuniones
de Directorio de dichos Entes, a fin de que puedan informarse
sobre cómo toman las decisiones que los afectan
como usuarios.
(Ver
texto del Reglamento General de Reuniones Abiertas de
los Entes Reguladores de Servicios)
También
a partir de la entrada en vigencia del Decreto 1172/03,
toda persona puede conocer el contenido de los actos
de gobierno, consultando libre y gratuitamente, vía
Internet, la edición del día del Boletín
Oficial de la República Argentina
(todos los anexos y todas las secciones).
El
Decreto 1172/03 constituye un verdadero “CÓDIGO
DE TRANSPARENCIA” pues:
Para
acceder al texto completo del Decreto 1172/03 haga clic
aquí
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